El Seguro de Rehabilitación Trienal cubre los daños materiales que se puedan producir en las intervenciones asociadas a inmuebles preexistentes. El periodo de cobertura de la póliza es de tres años a partir de la recepción de las obras y sin periodo de carencia.
A la comunidad como promotora de la obra, dado que ésta quiere:
- Garantizarse la correcta ejecución de la obra.
- Asegurarse la satisfactoria reparación de los trabajos defectuosos que durante esos tres años se produzcan sin tener que depender de si la empresa aún existe o tiene solvencia para realizarla.
Garantía Básica
Se garantizan durante tres años los daños materiales que afecten a los elementos constitutivos de nueva ejecución de obra secundaria debidos a errores de concepción, diseño, defecto de materiales o de ejecución de los mismos.
Garantías Complementarias
Gastos de demolición, desescombro y restitución.
Revalorización automática de la Suma Asegurada.
El periodo de cobertura de la póliza es de tres años, a partir de la recepción de las obras y sin periodo de carencia.
Para que la póliza cubra la obra, ésta debe tener los siguientes condicionantes constructivos:
- Obras cuyo objeto principal no contemple alteraciones, ampliaciones, reducciones, rehabilitación o refuerzo de la cimentación y/o estructura
- Obras sujetas a un Proyecto Técnico
- Obras que no sean susceptibles de ser aseguradas bajo Seguro Decenal de Daños
- Existencia de una Entidad de Control Técnico
A modo de ejemplo y en base a los proyectos que se desarrollan actualmente, dicho seguro es de aplicación para las siguientes obras:
- ACCESIBILIDAD. Instalación de ascensores, plataformas elevadoras, ejecución de rampas, eliminación de escalones, actuación sobre la obra secundaria (anchura de puertas, pasillos, tipo de puertas, adaptación de baños.
- INSTALACIONES. Evacuación, fontanería, electricidad, telecomunicaciones, protección, ventilación, calefacción, aire acondicionado.
- OBRA SECUNDARIA. Pinturas y revestimientos verticales, Revestimientos horizontales – pavimentos, Falsos techos, Revestimientos techos, Carpintería interiores, Vidrios, Divisiones.
- REHABILITACIÓN / ACONDICIONAMIENTO ACÚSTICO (Total, parcial o puntual). Actuación sobre elementos verticales, elementos horizontales y/o sobre instalaciones.
- REHABILITACIÓN / ACONDICIONAMIENTO ENERGÉTICO. Actuación sobre elementos verticales, elementos horizontales y/o sobre instalaciones.
- ADECUACIÓN DE LOCALES.
El coste debería asumirlo el contratista para lo que el pliego de condiciones de la obra debería solicitarse.
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