La amplia normativa para el uso del ascensor recoge, entre sus disposiciones, multitud de reglas relativas a un buen uso del ascensor, destinadas a garantizar la seguridad y el buen funcionamiento de este aparato. Si eres presidente de tu comunidad o administrador de la misma, debes contar con unos mínimos conocimientos al respecto. Te contamos lo que debes saber para llevar a cabo una utilización adecuada del elevador.
Prohibiciones para el uso correcto del ascensor
Prohibición de fumar
En virtud de la Ley 42/2010, está terminantemente prohibido fumar en el interior de los ascensores, radicando los motivos de esta prohibición tanto en cuestiones de seguridad como en cuestiones de salud. Esto incluye, evidentemente, llevar el cigarrillo encendido, aunque no se esté fumando.
Prohibición de uso para niños pequeños
Pese a que este tipo de normas suelen encontrarse en el sentido común de las personas, lo cierto es que las disposiciones escritas también prohíben el uso del ascensor a menores de ocho años que no se encuentren acompañados, por evidentes motivos de seguridad.
Prohibición de uso en caso de incendio
Se constituye como una de las reglas de seguridad esenciales para la óptima utilización del ascensor, puesto que, en caso de incendio, sus mecanismos pueden sufrir daños y el aparato podría funcionar incorrectamente, con el subsiguiente peligro de quedarse atrapado en el interior. Hemos de tener en cuenta que el propio hueco del ascensor servirá al humo y al fuego como si
Reglas para el uso correcto del ascensor
Respeto del peso máximo de carga
Cada aparato tiene asignado un número de kilogramos máximo con el que puede ser cargado. Cada vez que el ascensor sea utilizado, debe respetarse este límite, que se encontrará claramente indicado en algún punto de su interior. No cumplir con estas indicaciones puede derivar en un fallo en el funcionamiento con posibles daños personales.
Respeto del número máximo de usuarios
En relación estrecha con el apartado anterior, tampoco deben subirse al ascensor más personas que las que la indicación de su interior marque como máximas, por mucho que no se supere el peso máximo de carga. Y es que se trata de normas independientes, que responden a criterios diferentes, pero con un mismo fin: garantizar el buen uso del aparato.
Respeto de las revisiones obligatorias
Todos los ascensores cuentan con la obligatoriedad, que varía en atención a la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos, de superar unas revisiones de funcionamiento y seguridad obligatorias, en las que se determine que el aparato cuenta con las condiciones necesarias para seguir siendo utilizado con seguridad.
Contratación de un seguro para edificio
Si bien en este artículo hemos referido a las más importantes reglas para la utilización de aparatos elevadores, lo cierto es que la normativa es realmente compleja y amplia. En este sentido, aun creyéndose que se cumple a la perfección, desgraciadamente puede ocurrir alguna clase de accidente que ocasione daños a usuarios, vecinos o terceros.
Con la finalidad de evitar posibles problemas jurídicos o económicos, lo que nosotros te aconsejamos es, sin duda, llevar a cabo la contratación de un seguro para el edificio, entre cuyas coberturas se encuentre la de daños derivados del uso del ascensor. Y es que este se constituye como una fuente de riesgo, cuyos daños, en virtud de la responsabilidad civil, deben hacerse frente por parte del propio gestor de la comunidad. Sin duda, una póliza aseguradora de comunidades será la opción más recomendable.
La garantía de avería de maquinaría
Es recomendable suscribir la cobertura de avería de maquinaria incluyendo el o los ascensores, no tanto para que la compañía aseguradora asuma el coste de la reparación de una avería sino para que ésta asuma la defensa jurídica y reclamación de daños derivados de un accidente en el ascensor ya que alguna aseguradora puede no amparar esa cobertura al no tener contratada dicha garantía
En conclusión, la mejor opción es acudir a profesionales en el sector, que puedan gestionar el cumplimiento de la normativa de uso del ascensor y garantizar el correcto desarrollo de la vida en comunidad, especialmente en lo que refiere al ya comentado seguro para edificios
Leo en su artículo:
«Prohibición de uso para niños pequeños
Pese a que este tipo de normas suelen encontrarse en el sentido común de las personas, lo cierto es que las disposiciones escritas también prohíben el uso del ascensor a menores de ocho años que no se encuentren acompañados, por evidentes motivos de seguridad»
y mi consulta es:
¿Dónde puedo localizar esas disposiciones?
Por más que busco no logro localizarlo.
Muchas gracias
Hola Jose
Habitualmente viene indicado en los propios ascensores e incluso en los estatutos de la Comunidad