Debería eliminar ciertas exclusiones que aquí explicamos
Y debería eliminar esas exclusiones porque su competencia sí da cobertura a esos percances.
Si ya tienes la póliza en Mapfre, o pretendes contratarla, debes prestar atención a su condicionado general modelo 246-76-SG-GEN ED. 01-17. Observa que en cuanto a la garantía de Daños por Agua en el artículo 5.4, página 21 aplica las siguientes exclusiones, y por tanto no da cobertura a:
- Los daños por filtraciones o goteras causados por fenómenos meteorológicos.
Salvo que se deriven esas filtraciones de fugas de bajantes de aguas pluviales ocultas.
Como ejemplo la foto que acompañamos. En ella puede verse la tubería de aguas pluviales que discurre a la vista en la fachada del edificio y que en caso de que por rotura o atasco causara daños a los bienes de la comunidad estos no tendrían cobertura.
La póliza también excluye:
- Los daños, filtraciones o goteras transmitidos por el terreno o la cimentación por acequias o de redes de saneamiento o alcantarillado de carácter público.
- La localización y reparación de fugas o averías que no produzcan daños directos en el edificio o en su mobiliario o que, aún produciéndolos, tengan su origen en los vasos de piscinas, estanques, pozos, fosas sépticas, redes de riego, sumideros, arquetas u otros elementos de la red horizontal de saneamiento, o en canalones o bajantes de aguas pluviales.
En numerosas ocasiones se producen siniestros en los que éste contrato de seguro no aporta soluciones a las comunidades de propietarios y la no cobertura supone un perjuicio económico para la comunidad de propietarios dado que ésta ha de abonarlos a través de sus fondos propios o de la derrama correspondiente.
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